La comunión de los divorciados y vueltos a casar

Quiero que me aclare algo que no entiendo y que en algún caso ha creado situaciones tensas entre un fiel y un sacerdote. Me refiero a la recepción de la Sagrada Comunión por parte de una persona que está divorciada viviendo con otra persona o vive en adulterio. ¿Qué razón hay para que no pueda recibir la comunión? ¿Qué es más importante, la legislación de la Iglesia o su conciencia?

No es la primera vez que me hacen esta pregunta. Para comprender la respuesta tenemos que tener en cuenta lo que el evangelio nos dice con tanta claridad y que la legislación eclesiástica aplica  a los creyentes que se adhieren a vivir en unión con Jesucristo.

Simplemente le voy a recordar lo que nos dice el Catecismo de la Iglesia Católica: “Cuando un hombre y una mujer, de los cuales al menos uno está casado, establecen una relación sexual, aunque ocasional, comenten un adulterio. Cristo condena incluso el deseo de adulterio (cf. Mt 5, 27-28). El sexto mandamiento y el Nuevo Testamento prohíben absolutamente el adulterio (cf. Mt 5, 32; 19, 6; Mc 10, 11; 1 Co 6, 9-10). El adulterio es una injusticia. El que lo comete falta a sus compromisos. Lesiona el signo de la Alianza que es el vínculo matrimonial. Quebranta el derecho del otro cónyuge y atenta contra la institución del matrimonio, violando el contrato que le da origen. Compromete el bien de la generación humana y de los hijos, que necesitan la unión estable de los padres” (nn. 2380-2381).

Cuando el Catecismo habla de las ‘uniones libres’, es decir, del hecho por el que un hombre y una mujer se niegan a dar forma jurídica y pública a una unión que implica la intimidad sexual, lo llama concubinato. Este modo de vida “constituye siempre un pecado grave y se excluye de la comunión sacramental” (n. 2390).

De ahí que cuando un sacerdote, ante una situación concreta como la que usted me refiere, reacciona así, está cumpliendo con el deber que le confía el Obispo y que la Iglesia confirma: “No deben ser admitidos a la sagrado comunión los excomulgados y los que están en entredicho después de la irrogación o declaración de la pena, y los que obstinadamente persistan en un manifiesto pecado grave”  (CDC, n. 915).

La Iglesia debe ser Madre y poner en el camino de la Verdad a los que quieren recorrer el camino de la santidad, de la perfecta caridad. Como buena Madre orienta, llama a conversión, discierne y corrige abriendo las puertas de la misericordia, en el Sacramento de la Confesión, para quien desea cambiar de vida, una vida  evangélica. La santidad es un camino muy hermoso pero nos rompe los esquemas de nuestro egoísmo. Seguir a Jesucristo es un compromiso y nunca se acomoda al pensar y al sentir de las ideologías que pueden venir expuestas en nuestra sociedad. Tampoco se puede acomodar a los sentimientos o el afán de justificar los pecados como si de algo antiguo se tratara y de una nueva perspectiva de progresismo se implantara. El pecado nunca es justificable y menos se le ha de considerar un producto de una época pasada o una equivocación de una cultura que hoy no reina. El pecado siempre será pecado. Para eso vino Jesucristo: para liberarnos del pecado, para salvarnos de la muerte eterna. Se ha entregado para hacernos partícipes de su vida y de su gracia.

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