D espués de reflexionar sobre los siete sacramentos el Catecismo de la Iglesia Católica dedicaré un capítulo a los sacramentales (Cf. CEC, 1667-1690). Hay muchos y diversos actos de culto que son sacramentales. Han sido instituidos por la Iglesia para el bien pastoral del Pueblo de Dios. Preparan para recibir el fruto de los sacramentos y santifican las diversas circunstancias de la vida.

Hay que remontarse al mismo Jesucristo para encontrar el origen de los sacramentales. Él mismo utilizó determinados elementos y realizó unos gestos con fines sobrenaturales, sin elevarlos a la categoría de sacramentos. Usó barro para curar a un ciego (Cf. Jn 9,6), bendijo a los niños imponiéndoles las manos (Cf. Mc 10, 16), bendijo a los apóstoles con las manos extendidas (Cf. Lc 24, 50), utilizó agua para lavar los pies a los discípulos (Cf. Jn 13, 6.-12), levantó los ojos al cielo para rezar (Cf. MC 6, 41; Jn 11, 41; 17,1). Continuamente recurría a signos materiales para hacer milagros, explicar la doctrina o poner de manifiesto algo espiritual. Así manifestó de manera sensible e inteligible la capacidad santificante que puede tener todo lo creado asumido con intenciones limpias, rectas y buenas. Toda la creación es útil, purificada del pecado, para proclamar las grandezas de Dios y alabar su bondad. Jesucristo recurrió a cosas materiales, gestos y expresiones corporales, como signos tangibles de realidades sobrenaturales intangibles.

Desde los orígenes, los Padres de la Iglesia, imitaron al Señor dando un sentido sagrado y litúrgico a las ofrendas y oblaciones eucarísticas. Desde siempre los cristianos practican el sacramental de hacer la señal de la cruz al levantarse de la cama, al salir de casa, al ponerse en camino a pie o con un vehículo, al inicio de la comida, al pasar ante un templo, al ir a dormir, al encontrarse ante una dificultad, ante un examen, al conseguir unos resultados y en muchas otras ocasiones.

En la Edad Media (s. XII) comienza a utilizarse el término “sacramentales” referido a determinados ritos. Hasta entonces se hablaba de sacramentos mayores y menores. Los menores, decían, aumentan la salvación y han de ser recibidos con devoción. El Concilio de Trento definió cuáles son los siete sacramentos. Además, siguiendo la práctica tradicional de ceremonias de origen antiguo, señala qué otros ritos merecen el nombre de sacramentales. El Concilio Vaticano II, que realizó la reforma litúrgica, se refiere explícitamente a los sacramentales. Les dedica el capítulo III de la Constitución Dogmática “Sacrosantum Concilium” (SC 59-81). Esto pone de manifiesto la importancia que se les otorga. También constan en las ediciones pos-conciliares del Código de Derecho Canónico (CDC 1166-1172). Merecen, pues, una consideración especial.

Con estas premisas históricas, conociendo la práctica remota de los sacramentales, se pueden describir y definir. La Iglesia recoge el deseo de los cristianos de santificar todas las cosas, que a imitación de los sacramentos, son signos sagrados que significan efectos espirituales. Los sacramentales disponen a recibir la gracia. El Código de Derecho Canónico siguiendo las instrucciones del Concilio Vaticano II, los define así: “Son signos sagrados, por los que, a imitación en cierto modo de los sacramentos, se significan y se obtienen por intercesión de la Iglesia unos efectos principalmente espirituales” (CDC 1166)). El Catecismo de la Iglesia Católica añade: “Por ellos, los hombres se disponen a recibir el efecto principal de los sacramentos y se santifican las diversas circunstancias de la vida» (CEC 1668). La Iglesia establece cuáles son, y los interpreta, añade, suprime o modifica para el bien del pueblo cristiano. Nos interesa en sucesivos temas reflexionar especialmente sobre la intención de la Iglesia al usar los sacramentales, cuáles son, a qué sensibilidad dogmática responden y con qué espíritu han de realizarse. n

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